BLOG

Jornada de 42 horas (Ley 40 horas): qué debe ajustar el empleador en 2026

Jornada de 42 horas: qué debe ajustar el empleador | Alturis Abogados

Desde el 26 de abril de 2026, la jornada ordinaria máxima en Chile es de 42 horas semanales, y bajará a 40 horas el 26 de abril de 2028. La reducción no puede significar una baja de sueldo. Su empresa debe ajustar contratos, sistemas de turnos y, si corresponde, el reglamento interno; si no hay acuerdo con los trabajadores, la reducción se distribuye en forma proporcional entre los días de trabajo.

¿Cuál es la jornada laboral máxima en 2026?

DesdeJornada ordinaria máxima semanal
26 de abril de 202444 horas
26 de abril de 202642 horas
26 de abril de 202840 horas

La gradualidad está establecida en la Ley 21.561, conocida como Ley 40 horas. Las empresas que ya tenían jornadas iguales o menores a la nueva máxima no están obligadas a hacer cambios.

¿Cómo se debe aplicar la rebaja de jornada?

  1. Revise las jornadas pactadas en cada contrato y anexo.
  2. Defina la nueva distribución: cuántos días y en qué horario se trabajará. La jornada puede distribuirse en cinco o seis días.
  3. Busque acuerdo con los trabajadores o con el sindicato, si lo hay, sobre cómo se aplicará la reducción.
  4. Firme los anexos de contrato con la nueva jornada.
  5. Actualice el sistema de control de asistencia y, si corresponde, el reglamento interno.

La ley también permite pactar jornadas en promedio dentro de ciclos de hasta cuatro semanas y bandas horarias de inicio y término, entre otras flexibilidades. Conviene evaluarlas antes de definir la nueva distribución.

¿Qué pasa si no hay acuerdo con los trabajadores?

Si no se llega a acuerdo, el empleador debe aplicar la reducción en forma proporcional entre los días de trabajo. Por ejemplo, en una jornada de cinco días, la rebaja de dos horas semanales se reparte entre esos cinco días. La remuneración se mantiene igual.

¿Qué anexos de contrato se deben firmar?

Un anexo por trabajador que deje constancia de la nueva jornada semanal, su distribución diaria y la mantención de la remuneración. Además, revise:

  • Jornadas parciales: el límite de la jornada parcial es de dos tercios de la jornada ordinaria. Con 42 horas, ese límite es de 28 horas semanales.
  • Trabajadores excluidos de jornada (artículo 22): la Ley 40 horas restringió esta exclusión. Si un trabajador está sujeto a supervisión o control de jornada, debe pasar a jornada ordinaria.
  • Horas extraordinarias: siguen permitidas dentro de los límites legales y deben pactarse por escrito.

¿Cómo afecta a los turnos (guardias, mantención, clínicas)?

Las empresas con turnos rotativos son las que más ajustes necesitan. En seguridad privada, mantención industrial y centros de salud, los sistemas de turnos suelen estar diseñados al límite de la jornada máxima, por lo que la rebaja obliga a rediseñarlos.

  • Revise si su sistema de turnos cabe en 42 horas semanales o en el promedio del ciclo pactado.
  • Si tiene un sistema excepcional de distribución de jornada autorizado por la Dirección del Trabajo, verifique si debe actualizar la autorización.
  • Calcule el costo de cubrir las horas que se reducen: más personal, horas extraordinarias o cambios en la dotación.

Un error en la jornada es una de las infracciones más revisadas en las fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Se puede bajar el sueldo por la rebaja de jornada?

No. La Ley 40 horas prohíbe que la reducción de jornada implique una disminución de la remuneración.

¿Qué pasa con los trabajadores del artículo 22?

La exclusión de jornada quedó limitada a quienes efectivamente trabajan sin supervisión ni control. Si un trabajador está supervisado, debe incorporarse a la jornada ordinaria con registro de asistencia.

¿Cuándo llega la jornada a 40 horas?

El 26 de abril de 2028, con la última etapa de la Ley 21.561.

¿Cuál es el límite de una jornada parcial con 42 horas?

Dos tercios de la jornada ordinaria: 28 horas semanales desde el 26 de abril de 2026.

¿Hay que modificar el reglamento interno?

Si su reglamento interno indica horarios o turnos, sí. Debe actualizarse para reflejar la nueva jornada.

¿Necesita adaptar sus contratos y turnos a las 42 horas?

En Alturis Abogados representamos exclusivamente a empleadores. Adaptamos sus contratos, anexos y sistemas de turnos a la jornada de 42 horas y preparamos la transición a 40 horas.

Lea también: Fiscalización de la Dirección del Trabajo · Contrato a plazo fijo: cuándo se vuelve indefinido

Alerta Laboral para Empresas
Reciba cada mes los cambios legales que afectan a su empresa
  • Nuevas leyes y reformas, explicadas para empleadores
  • Dictámenes de la Dirección del Trabajo que cambian criterios
  • Plazos y obligaciones del mes que no puede olvidar
Un correo al mes. Puede darse de baja cuando quiera.

Eugenio López es Socio Fundador de Alturis Abogados, abogado laboralista con más de 15 años de experiencia y Magíster en Derecho del Trabajo (Universidad de los Andes). Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría para un caso concreto.

Picture of Eugenio López
Eugenio López

Abogado | Experto Laboral y Corporativo

Linkedin
Consulta sin costo
Cuéntenos su caso
Asesoría laboral ilimitada con planes desde UF 8/mes
o escríbanos directamente
🔒 Sin compromiso · Sus datos están protegidos
Compartir

Enlaces rápidos

Desplazamiento al inicio
SERVICIOS LEGALES PLAN DORADO
UF 8
(Hasta 10 trabajadores)
PLAN SILVER
UF 15
(Hasta 30 trabajadores)
PLAN BLACK
UF 25
(Hasta 70 trabajadores)
Asesoría permanente vía mail en temas laboralesIlimitada por mailIlimitada por mail o telefónicaIlimitada por mail o telefónica
Redacción de borrador contratos y anexos laboralesIlimitadaIlimitadaIlimitada
Cartas de aviso de término de contratoIlimitadaIlimitadaIlimitada
Cartas de amonestación5 por mesIlimitadaIlimitada
Cálculo y redacción de finiquitosIlimitadaIlimitadaIlimitada
Mails de apremio a deudores1 por mesIlimitadaIlimitada
Asistencia a la Inspección del Trabajo (RM)2 por semestreIlimitadaIlimitada
Defensa ante tribunales laborales (RM)1 anual6 anuales12 anuales
Guía ante denuncia por Ley Karin1 semestral6 semestralesIlimitada
Descuento en servicios adicionales10%20%30%
Redacción de poderes–IlimitadaIlimitada
Defensa en juicios civiles (cobros, embargos, etc.)–15% de la cuantía5% de la cuantía
Respuesta a reclamos ante SERNAC vía online–4 por semestreIlimitada
Tramitación de visa de trabajo para extranjeros–2 por semestre4 por mes
Redacción de mandatos–2 por semestre1 al mes
Presentación de antecedentes ante bancos e instituciones–2 mensualesIlimitada
Revisión de contratos civiles y comerciales–4 mensualesIlimitada
Asesoría en temas comerciales (mercantil)–IlimitadaIlimitada
Constancias electrónicas en DT–IlimitadaIlimitada
Confección de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad–1 anual1 anual
Consultas migratorias––Ilimitada
Reuniones contingentes vía Google Meet––4 por mes
Redacción de contratos comerciales––2 por mes
Registro de marca en INAPI––1 por semestre
Cobranza judicial de cheque o factura––4 por semestre
Informes en derecho––1 por semestre
Revisión y redacción de contratos de arrendamiento––2 por semestre
Charla de capacitación Ley Karin––1 por año
Charla Ley de Delitos Económicos––1 por año
Auditoría Laboral––1 por año

Luis López

Administración | Corredor de Propiedades

Encargado de la gestión administrativa y del soporte operativo de Alturis Abogados. Su experiencia en corretaje de propiedades aporta una mirada complementaria en temas patrimoniales y administrativos que enfrentan muchas empresas en su desarrollo. Aporta organización, visión práctica y eficiencia en la relación con los clientes.

Alex Nuñez

ABOGADO | DERECHO CORPORATIVO PENAL

Asesora empresas en cumplimiento normativo, investigaciones internas y conflictos con impacto penal económico. Destaca por su enfoque técnico y preventivo en materias sensibles como responsabilidad penal de las personas jurídicas y delitos corporativos. Su experiencia fortalece la defensa integral en escenarios de alta complejidad legal.

Formación Académica y Especialización:

– Diplomado en Derecho Penal Económico, Universidad Adolfo Ibañez

Eugenio López

ABOGADO | EXPERTO LABORAL Y CORPORATIVO.

Con más de 15 años de experiencia asesorando empresas en materias laborales, corporativas y estratégicas. Su enfoque combina prevención de riesgos, defensa ante fiscalizaciones y representación judicial en causas complejas. Especialista en estructurar relaciones laborales seguras y eficientes para empresas en crecimiento.

Formación Académica y Especialización

– Magíster en Derecho del Trabajo, Universidad de Los Andes
– Magíster en Derecho, mención en Derecho Privado, Universidad Ucinf
– Diplomado en Derecho Migratorio y Relaciones Internacionales, Universidad de Chile
– Diplomado en Derecho Laboral de la Empresa, Universidad de Los Andes
– Diplomado en Derecho Laboral y Previsional de la Empresa, Thomson Reuters
– Diplomado en Gestión Tributaria, Thomson Reuters