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Despido injustificado: cuánto paga la empresa si pierde el juicio

Despido injustificado: cuánto paga la empresa | Alturis Abogados

Si un tribunal declara injustificado un despido, la empresa debe pagar la indemnización por años de servicio más un recargo de 30%, 50%, 80% o 100%, según la causal que invocó. A eso se suman la indemnización por falta de aviso previo, reajustes, intereses y, si había cotizaciones impagas, las remuneraciones de todo el período hasta que se paguen (nulidad del despido).

En esta guía le mostramos cómo se calcula cada concepto y cuándo conviene conciliar.

¿Cuánto debe pagar el empleador por un despido injustificado?

Los conceptos que puede incluir una sentencia son:

  • Indemnización por años de servicio: 30 días de la última remuneración mensual por cada año trabajado y fracción superior a seis meses, con tope de 11 años y una base máxima de 90 UF mensuales.
  • Recargo legal sobre esa indemnización, según la causal.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo: una remuneración mensual (tope 90 UF), si el despido por necesidades de la empresa se hizo sin 30 días de aviso, o si la causal invocada no se acredita.
  • Devolución del descuento del seguro de cesantía, si se aplicó en un despido por necesidades de la empresa declarado injustificado, según la jurisprudencia de la Corte Suprema.
  • Remuneraciones por nulidad del despido, si había cotizaciones impagas.
  • Reajustes, intereses y costas del juicio.

¿Cuál es el porcentaje de recargo según la causal?

Causal invocada en la cartaRecargo sobre la indemnización por años de servicio
Necesidades de la empresa o desahucio (art. 161)30%
Causales del artículo 159, o despido sin causal50%
Causales del artículo 16080%
Artículo 160 N°1, 5 o 6, si el juez declara que no hubo motivo plausible100%

Por eso elegir la causal es una decisión económica: invocar una causal disciplinaria sin pruebas suficientes puede costar casi el doble de la indemnización. Revise cómo despedir a un trabajador sin arriesgar una demanda antes de decidir.

¿Qué es la nulidad del despido y por qué es el mayor riesgo?

Si al momento del despido la empresa tenía cotizaciones previsionales impagas, el despido no pone término al contrato. Es lo que se conoce como “Ley Bustos”. La empresa debe pagar las remuneraciones y cotizaciones de todo el período entre el despido y la fecha en que pague la deuda previsional y se lo comunique al trabajador.

En juicios que duran muchos meses, este concepto puede superar a todas las indemnizaciones juntas. Revise el certificado de cotizaciones antes de despedir: es la forma más barata de evitar el mayor riesgo.

Ejemplo de cálculo para una pyme

Un trabajador con 5 años y 8 meses de antigüedad y una remuneración de $1.200.000 es despedido por necesidades de la empresa, sin aviso previo. La fracción de 8 meses supera los seis meses, así que se cuentan 6 años.

ConceptoDespido justificadoDespido injustificado
Años de servicio (6 × $1.200.000)$7.200.000$7.200.000
Aviso previo$1.200.000$1.200.000
Recargo del 30%—$2.160.000
Total$8.400.000$10.560.000

Si la empresa hubiera invocado el artículo 160 sin poder probarlo, el recargo sería del 80% ($5.760.000) y el total llegaría a $14.160.000. A eso se agregarían reajustes, intereses y eventualmente costas.

¿Conviene conciliar?

En la audiencia preparatoria el juez propone bases de arreglo, y muchas causas terminan ahí. Conciliar suele convenir cuando:

  • La carta de despido tiene hechos genéricos o se envió fuera de plazo.
  • Hay cotizaciones impagas y la nulidad sigue sumando meses.
  • La prueba depende de testigos que ya no trabajan en la empresa.
  • El costo de seguir el juicio (tiempo de la gerencia, honorarios) supera la diferencia en discusión.

Si la empresa tiene buena prueba y una carta sólida, ir a juicio puede ser la mejor opción. La decisión se toma caso a caso. Revise también qué hacer si un trabajador demanda a su empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tope de la indemnización por años de servicio?

11 años de servicio, con una base máxima de 90 UF mensuales. Los recargos se calculan sobre esa indemnización ya topada.

¿Se devuelve el descuento del seguro de cesantía?

Si el despido por necesidades de la empresa es declarado injustificado, la Corte Suprema ha resuelto que el empleador debe devolver el aporte al seguro de cesantía que descontó de la indemnización.

¿Cuánto tiempo tiene el trabajador para demandar?

60 días hábiles desde la separación, ampliables hasta 90 si antes reclamó en la Inspección del Trabajo.

¿Qué tan probable es ganar una demanda laboral como empresa?

Depende sobre todo de la carta de despido y de la prueba. Con una causal bien elegida, hechos concretos y documentos que los respalden, la empresa tiene buenas posibilidades; sin ellos, la probabilidad baja mucho.

¿Hay que pagar daño moral en un despido injustificado?

Por regla general no. El daño moral se discute en casos de tutela de derechos fundamentales o en despidos con vulneración de derechos, que tienen indemnizaciones adicionales.

¿Lo demandaron por despido injustificado?

En Alturis Abogados representamos exclusivamente a empleadores. Evaluamos su defensa, calculamos su exposición real y le recomendamos si conviene conciliar o ir a juicio.

Lea también: Carta de despido por necesidades de la empresa · Demanda de tutela laboral: cómo se defiende la empresa

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Eugenio López es Socio Fundador de Alturis Abogados, abogado laboralista con más de 15 años de experiencia y Magíster en Derecho del Trabajo (Universidad de los Andes). Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría para un caso concreto.

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Eugenio López

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ABOGADO | DERECHO CORPORATIVO PENAL

Asesora empresas en cumplimiento normativo, investigaciones internas y conflictos con impacto penal económico. Destaca por su enfoque técnico y preventivo en materias sensibles como responsabilidad penal de las personas jurídicas y delitos corporativos. Su experiencia fortalece la defensa integral en escenarios de alta complejidad legal.

Formación Académica y Especialización:

– Diplomado en Derecho Penal Económico, Universidad Adolfo Ibañez

Eugenio López

ABOGADO | EXPERTO LABORAL Y CORPORATIVO.

Con más de 15 años de experiencia asesorando empresas en materias laborales, corporativas y estratégicas. Su enfoque combina prevención de riesgos, defensa ante fiscalizaciones y representación judicial en causas complejas. Especialista en estructurar relaciones laborales seguras y eficientes para empresas en crecimiento.

Formación Académica y Especialización

– Magíster en Derecho del Trabajo, Universidad de Los Andes
– Magíster en Derecho, mención en Derecho Privado, Universidad Ucinf
– Diplomado en Derecho Migratorio y Relaciones Internacionales, Universidad de Chile
– Diplomado en Derecho Laboral de la Empresa, Universidad de Los Andes
– Diplomado en Derecho Laboral y Previsional de la Empresa, Thomson Reuters
– Diplomado en Gestión Tributaria, Thomson Reuters